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DeCA obligatorio desde el 5 de octubre de 2026: qué tienes que hacer
Actualizado el 17 de septiembre de 2026 · 6 min de lectura
Respuesta corta
- Desde el 5 de octubre de 2026 el documento de control debe emitirse en formato electrónico en el transporte público interior de mercancías.
- Afecta a los dos sujetos obligados del artículo 4: transportista efectivo y cargador contractual.
- No cambian los datos: siguen siendo las ocho letras del artículo 6. Cambia el soporte.
- Hace falta un PDF nativo con QR, alojado en una URL HTTPS de acceso directo, conservado un año.
- No hace falta firma electrónica, ni ERP, ni integración con un TMS.
El 5 de octubre de 2026 es la fecha a partir de la cual el documento de control administrativo debe emitirse en formato electrónico en los transportes públicos interiores de mercancías por carretera. No es una recomendación ni una fase de adaptación voluntaria: es la fecha en que el formato electrónico pasa a ser el exigible.
A quién afecta
A los mismos de siempre: los dos sujetos que el artículo 4 de la Orden FOM/2861/2012 obliga a formalizar el documento. El transportista efectivo, titular de la autorización al amparo de la cual se hace el transporte, y el cargador contractual, que es quien contrata directamente con él — incluidas agencias, transitarios, cooperativas y operadores logísticos.
Si estabas emitiendo documentos de control en papel, te afecta. Si nunca los has emitido porque tu actividad está exenta según el artículo 2, sigues exento.
Qué cambia exactamente
| Antes | Desde el 5-10-2026 | |
|---|---|---|
| Datos exigidos | Las 8 letras del art. 6 | Las mismas 8 letras del art. 6 |
| Soporte | Papel o electrónico | Electrónico |
| Formato del fichero | Libre | PDF nativo, máx. 5 MB |
| Identificación | Ninguna especial | Código QR con la URL del documento |
| Acceso en carretera | Ejemplar físico a bordo | Descarga directa por HTTPS sin login |
| Trazabilidad | No regulada | Registro de fecha y hora de creación y modificación |
| Conservación | 1 año, cualquier soporte | 1 año, cualquier soporte |
Qué necesitas tener listo
- 1Una forma de generar el PDF de manera nativa, a partir de datos, sin escanear papel.
- 2Un QR en cada documento que apunte a su dirección web única.
- 3Un repositorio accesible por HTTPS, sin autenticación, con descarga inmediata del PDF.
- 4El registro de la fecha y hora de creación de cada fichero.
- 5Un archivo que conserve los documentos al menos un año y te permita encontrarlos.
- 6Una forma de que el conductor tenga el documento a mano antes de arrancar.
Lo que no necesitas
- Firma electrónica. Ninguna norma aplicable al DeCA la exige.
- Un ERP o un TMS. La norma regula el fichero y la aplicación, no cómo gestionas tu empresa.
- Registrar tu dominio ante la Administración. La Resolución de 2026 eliminó ese trámite que sí exigía la de 2023.
- Un certificado digital para emitir.
Cuánto cuesta cumplir
Depende mucho de con quién lo resuelvas. Las soluciones orientadas a eCMR y a empresas con sistemas ya montados parten de varios miles de euros al año, porque están resolviendo además el problema probatorio del transporte internacional. Para un autónomo o una flota pequeña que solo necesita cumplir el control administrativo interior, eso es pagar por algo que no vas a usar.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo es obligatorio el DeCA?
Desde el 5 de octubre de 2026 el documento de control debe emitirse en formato electrónico en el transporte público interior de mercancías por carretera.
¿A quién afecta la obligación del DeCA?
A los sujetos obligados del artículo 4 de la Orden FOM/2861/2012: el transportista efectivo y el cargador contractual, incluidos agencias, transitarios, cooperativas y operadores logísticos que contraten el transporte.
¿Necesito un ERP o un TMS para cumplir con el DeCA?
No. La norma regula las características del fichero electrónico y de la aplicación que lo genera, no exige integrar ningún sistema de gestión.
¿Qué pasa si no emito el DeCA a partir de octubre de 2026?
El artículo 7.1 atribuye al cargador contractual y al transportista efectivo la responsabilidad por no formalizar el documento de control, y la misma responsabilidad si no se lleva a bordo del vehículo.
Sigue por aquí
Qué es el DeCA y por qué es obligatorio desde octubre de 2026
El DeCA es el documento de control administrativo en formato electrónico, obligatorio en el transporte de mercancías desde el 5 de octubre de 2026. Qué es, quién lo emite y qué debe llevar.
Requisitos técnicos del DeCA: PDF, QR y URL de descarga
Qué exige la Resolución de 5 de junio de 2026 al fichero del DeCA y a la aplicación que lo genera: PDF nativo de menos de 5 MB, código QR, URL HTTPS sin login y registro de fechas.
Quién responde si falta un dato en el DeCA: cargador o transportista
El artículo 7 reparte la responsabilidad del DeCA entre cargador contractual y transportista efectivo, dato por dato. Quién responde de qué y cómo se exime el cargador.
Qué transportes están exentos del DeCA
El artículo 2 de la Orden FOM/2861/2012 exime del documento de control a cuatro tipos de transporte: mudanzas, paquetería, vehículos averiados y transportes sin título habilitante.
