Requisitos
Qué exige la norma, y cómo lo cumple El DeCA
La Resolución de 5 de junio de 2026 de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril fija las características del fichero electrónico y de la aplicación que lo genera. Punto por punto.
| Requisito de la norma | Cómo lo cumple El DeCA |
|---|---|
| Formato PDF de tamaño no superior a 5 MB | PDF de una página generado con pdf-lib. Pesa unos 20 KB. El generador aborta si alguna vez superase el límite. |
| Generación nativa digital a partir de datos estructurados, no escaneo | El documento se dibuja desde el registro de la base de datos. El texto es texto: se puede seleccionar, copiar y buscar. |
| Código QR con la dirección web única del documento | QR con corrección de errores nivel M embebido en la cabecera, apuntando a eldeca.es/d/<código>. |
| URL con HTTPS (TLS 1.2 o superior) | TLS gestionado en el borde, con redirección forzada de HTTP a HTTPS. |
| Acceso directo sin autenticación y descarga inmediata | La página del documento y su PDF se sirven sin sesión, fuera de cualquier control de acceso. |
| Registro de fecha y hora de creación y de modificación | Ambas se almacenan y se imprimen en el pie del propio documento, en hora peninsular. |
| Todos los datos del artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012 | El formulario está estructurado por las ocho letras del artículo y no deja emitir sin las exigibles. |
| Conservación mínima de un año | Cada documento guarda su propia fecha de retención, calculada sobre la fecha del transporte y no sobre la suscripción. |
El detalle que casi nadie comprueba
La norma exige que la URL sea de acceso directo sin autenticación. Eso es fácil de cumplir. Lo difícil es cumplirlo sin dejar expuesto el histórico de portes de todos tus clientes.
Si las direcciones de los documentos llevan un número correlativo, cualquiera puede recorrerlas cambiando una cifra y leer los envíos de toda la cartera de clientes del proveedor. Los códigos de El DeCA son de 14 caracteres sobre un alfabeto de 32, unos 70 bits: enumerar documentos ajenos es computacionalmente inviable.
Cuánto hay que conservarlo
«Los sujetos obligados a documentar los envíos conforme a lo previsto en esta orden, deberán conservar un ejemplar o copia del documento de control, a disposición de la Inspección de Transporte Terrestre, durante al menos un año.»
Conviene no confundir esta obligación con la vida de la URL pública. La Resolución permite desactivar la dirección web transcurridos siete días desde la finalización del servicio; lo que debe conservarse un año es el documento, y el artículo 9.2 admite cualquier soporte siempre que la información se mantenga íntegra y legible.
Nosotros mantenemos las URLs activas durante todo el periodo de retención aunque la norma no lo exija, porque un QR que deja de funcionar genera una llamada de un cliente nervioso y no nos ahorra prácticamente nada de coste.
